Páginas

ACTUALIZACIÓN DE OFICIO DEL RUT



ACTUALIZACIÓN DE OFICIO DEL RUT

6-06-2019
Por estos días a muchos contribuyentes les ha llegado un comunicado de la Dirección de Impuestos DIAN, referente a la actualización de oficio del RUT de una de las responsabilidades, se trata de la casilla 53 cambiando la responsabilidad 12 - Ventas Régimen Simplificado por la 49- No Responsable de IVA.

Esto obedece a que el artículo 18 de le Ley 1943 de 2018 indicó que se debían eliminar todas las referencias al régimen simplificado del impuesto a las ventas IVA, y a cambio de esto las normas que se refieran al régimen común y al régimen simplificado, se entenderán referidas al régimen de responsabilidad del impuesto sobre las ventas -IVA.” Es decir, a partir de esta Ley, la terminología de Régimen común pasa a denominarse “Responsables de IVA”, y el régimen simplificado pasa a denominarse “No responsables de IVA”

Por otro lado, recordemos que la misma Ley de financiamiento Ley 1943 de 2018, en su artículo 122  de vigencias y derogatorias, eliminó de la legislación tributaria el  artículo 499 del E.T., que establecía quienes pertenecían al régimen simplificado del impuesto a las ventas y definía los diferentes requisitos para pertenecer a él, pero a su vez el artículo 4 de la misma Ley 1943, adiciona el parágrafo tercero al artículo 437 del E.T., indicando los requisitos que deben tener las personas naturales que pueden pertenecer al grupo de los “No responsables de IVA” que prácticamente son los mismos requisitos del antiguo  régimen simplificado.

Dado lo anterior, la Dian está actualizando este tema de manera masiva, evitando así que los contribuyentes tengan que dirigirse a alguna oficina de la DIAN  a realizar el trámite.

La misma suerte tiene el Impuesto Nacional al Consumo, desaparece la terminología de régimen común y simplificado y es cambiada por el de responsable y no responsable del INC.


Lo que si queremos resaltar es que si se trata de una persona natural que pertenecía del régimen simplificado de IVA, pero aún no le ha llegado la comunicación y tiene el RUT desactualizado, pero requiere realizar algún trámite que implique el uso del RUT, deberá previamente realizar esta actualización, y queremos advertir que algunas personas poco conocedoras del tema tributario se han confundido a la hora de actualizar el RUT con el nuevo Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación- SIMPLE, que es un tema totalmente diferente, solicitado por error pasarse a este nuevo régimen SIMPLE con todas las implicaciones que este régimen de renta tiene. Así es que debemos tener mucho cuidado con este tema a la hora de asesorar a nuestros clientes en la actualización del RUT.
Modelo de comunicación






No hay comentarios:

Publicar un comentario

Concepto 100208192-973 de 2023 – DIAN Rentas Excentas

DIAN resuelve inquietudes sobre rentas exentas y deducciones de las personas naturales La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)...