Exoneración
de aportes parafiscales por trabajadores de medio tiempo
Una
persona natural declarante tiene dos empleados; uno tiempo completo y otro
tiempo parcial.... ¿Esto aplica para ser exonerado del pago de Sena y Bienestar
familiar? Las personas
naturales sólo pueden ser exoneradas del pago de los aportes parafiscales si
tiene un empleado, sin considerar la jornada de estos.
La parte final del inciso dos del artículo 114-1 del estatuto tributario
señala:
«Lo anterior no aplicará para personas naturales que empleen menos de dos
trabajadores, los cuales seguirán obligados a efectuar los aportes de que trata
este inciso.» La norma habla de tener menos de dos trabajadores para acceder a
la exoneración de aportes parafiscales (Sena e ICBF) y aportes a salud, pero
ese menos de 2 no puede interpretarse como 1.5 trabajadores para el caso que el
segundo trabajador esté vinculado por medio tiempo. Ni la ley ni el decreto
reglamentario (1625 de 2016) contemplan la jornada laboral del trabajador como
un elemento a considerar.
En consecuencia, en el caso planteado por la lectora la persona natural no
puede estar exonerada del pago de los aportes por tener el segundo trabajador
vinculado por medio tiempo o tiempo parcial.
Valga la oportunidad para precisar que la exoneración de aportes
parafiscales condiciona la exoneración al número de empleados únicamente
respecto a las personas naturales, más no a las personas jurídicas, de manera
que estas tendrán derecho a la exoneración cualquiera sea la cantidad de
empleados, incluso 1. Se recuerda también que la exoneración aplica respecto a
los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales, y que la
exoneración no aplica en ningún caso respecto a las cajas de compensación
familiar.
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