Todo lo que debes saber acerca del documento soporte electrónico 2021
El documento
soporte, es un documento que debe crear un comprador obligado a
facturar, cuando realiza transacciones con un proveedor que no tiene
la obligación expedir una factura de venta o un documento
equivalente y además sirve para respaldar las compras de
un servicio. Un documento que a partir del 31 de enero del 2022 será obligatorio
para quienes facturan electrónicamente.
Normativa relacionada: Decreto
723 de 2021 | Resolución 000063 de 30 de julio de
2021Sabemos que este es un tema importante tanto para los
emprendedores, como para los contadores que los asesoran y les ayudan a estar siempre
al día con la DIAN, por eso desde Alegra hemos
diseñado este articulo donde incluimos todas las preguntas frecuentes
relacionadas con el documento soporte
¿Debo solicitar una resolución de numeración para la expedición
del documento soporte?
Uno de los requisitos para expedir este documento soporte
obligatorio a partir del 31 de enero de 2022, es la solicitud de una resolución
de numeración autorizada, algo que implicó que la Administración de Impuestos y
Aduanas Nacionales -DIAN- realizará ajustes de su sistema informático
electrónico de numeración, que permitieran que el contribuyente pudiera
solicitar los rangos de numeración del documento soporte en las transacciones
con personas no obligadas a emitir factura o documento equivalente.
¿Quiénes
están obligados a expedirlo?
Están
obligados a expedir todas las personas naturales o jurídicas, que
necesiten respaldar una transacción de compra de un bien o servicio
con un proveedor que no está obligado a expedir factura de venta, esto
sirve para tener el soporte de todos los costos y deducciones
y poder descontar los impuestos en las declaraciones tributarias.
¿Cuándo se deberá optar por el documento soporte?
A partir de la resolución 000063 de julio 30 de 2021 artículo
4, el documento soporte electrónico se deberá adoptar a partir del treinta
y uno (31) de enero de 2022. La modificación de la fecha de
adopción se realizó debido a que la estructura del documento soporte deberá
ajustarse a las especificaciones del Decreto 723 de 2021.
¿Quiénes
están obligados a expedirlo?
Están obligados a expedir todas
las personas naturales o jurídicas, que necesiten respaldar una
transacción de compra de un bien o servicio con un proveedor que no está
obligado a expedir factura de venta, esto sirve para tener el
soporte de todos los costos y deducciones y poder descontar los
impuestos en las declaraciones tributarias.
¿Cuándo se deberá optar por el documento soporte? A partir de la resolución 000063 de julio 30 de 2021 artículo 4, el documento soporte electrónico se deberá
adoptar a partir del treinta y uno (31) de enero de 2022. La modificación de la fecha de adopción se realizó
debido a que la estructura del documento soporte deberá ajustarse a las
especificaciones del Decreto 723 de 2021.
¿Cuáles
son los requisitos que debe contener el documento soporte?
La Resolución 00042 fija los
siguientes requisitos:
a) Se debe
llamar documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar.
b) La operación allí descrita
debe corresponder exactamente a la fecha de generación del documento.
c) Incluir los datos del
vendedor o de quien presta el servicio, con su nombre o razón social, su
Identificación Tributaria –NIT.
d) Con los no residentes
fiscales en Colombia, que no tengan Número de Identificación Tributaria
NIT, la identificación se entenderá cumplida con la estipulada en el país de
origen del no residente.
e) Incluir el nombre o razón
social y Número de Identificación Tributaria -NIT de quién adquiere los bienes
y/o servicios.
f) Llevar un
sistema de numeración consecutiva de documento soporte, que
incorpore número, rango y vigencia de autorización ante la
–DIAN, Así lo establecieron los artículos 5 y 8 de la Resolución 000012
de febrero 9 de 2021, por medio de los cuales la DIAN modificó el artículo 55
de su anterior Resolución 000042 de mayo de 2020.
g) Incorporar la
descripción específica del bien y/o del servicio prestado.
h) Especificar el valor total
de la operación.
En conclusión el documento
soporte se debe tramitar el responsable de facturación en adquisiciones
efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o
documento equivalente, lo debe elaborar el comprador que requiere
soportar o documentar las transacciones con personas
naturales que no están obligados a facturar, cuando compren un bien
o servicio que otorgue derecho a deducciones, costos o impuestos
descontables en la declaración de renta.