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Impuesto al consumo 2019: Régimen simplificado


Impuesto al consumo 2019: Régimen simplificado
¿Conoces las modificaciones del Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo?, ¿Sabes qué requisitos se deben cumplir para acceder a este régimen? En este post podrás aclarar tus dudas al respecto, te explicaremos los requisitos que debes cumplir para pertenecer al Régimen Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, el nuevo tope de ingresos y las nuevas condiciones aplicables.

Con la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016) se modificaron los requisitos para pertenecer al régimen simplificado en el impuesto nacional al consumo, ya que se disminuyó el tope de ingresos y condicionándolo a la existencia de un solo local comercial o establecimiento de comercio. El tope de ingresos obtenidos en el año inmediatamente anterior disminuye de 4000 UVT a 3500 UVT.

 

Impuesto al consumo 2019: Características del Régimen simplificado

A continuación se describen las principales características del Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo:
·         Aquellos que presten el servicio de restaurantes, el cual cubre negocios tales como: panaderías, pastelerías, cafeterías, fruterías, heladerías y bares, seguirán exentos del IVA, exceptuando las actividades de catering.
·         En el caso de los restaurantes que funcionan como “franquicias” y eran responsables de IVA hasta 2016 pero no del INC (Impuesto al Consumo) , serán responsables solo del impuesto al consumo.
·         Quienes presten el servicio de restaurantes durante 2018 podrán hacerlo bajo el “régimen simplificado del INC” en caso de que cumplan con todos los requisitos de la nueva versión del artículo 512-13 del Estatuto Tributario.

 Impuesto al consumo 2019: Requisitos

A continuación se describen los requisitos que se deben cumplir para acceder al Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo:
·         No efectuar servicios de catering empresarial (Artículos 426 y 512-8 del ET y el artículo 2 del Decreto 803 de abril de 2013). Si llegaran a prestarlos, este servicio los haría responsables del IVA (ya sea en el régimen simplificado o el común de dicho impuesto), no del INC.
·         Si sus ingresos brutos provenientes de las actividades de bares y restaurantes no superaron los 3.500 UVT durante el año anterior. 
·         No podrán tener más de un establecimiento, sede, local o negocio durante 2019.

 

Impuesto al consumo 2019: Tabla Comparativa Régimen simplificado

A continuación se muestran los cambios en la norma para la aplicación del Régimen Simplificado en el Impuesto al Consumo:
Régimen Simplificado del INC - Versión anterior de la norma
Régimen Simplificado del INC - Nueva versión de la norma
Personas naturales que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de las actividades inferiores a cuatro mil (4.000) UVT.
Personas naturales que cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:
1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales, provenientes de la actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT.
2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, sede, local o negocio donde ejercen su actividad."

Impuesto al consumo 2019: Fechas

A continuación se muestran las fechas de presentación y declaración del Impuesto Nacional al Consumo:
SI EL ÚLTIMO DÍGITO DEL NIT ES
BIMESTRE ENERO Y FEBRERO 2019
BIMESTRE MARZO Y ABRIL 2019
BIMESTRE MAYO Y JUNIO 2019
0
8 de marzo de 2019
9 de mayo de 2019
9 de julio de 2019
9
11 de marzo de 2019
10 de mayo de 2019
10 de julio de 2019
8
12 de marzo de 2019
13 de mayo de 2019
11 de julio de 2019
7
13 de marzo de 2019
14 de mayo de 2019
12 de julio de 2019
6
14 de marzo de 2019
15 de mayo de 2019
15 de julio de 2019
5
15 de marzo de 2019
16 de mayo de 2019
16 de julio de 2019
4
18 de marzo de 2019
17 de mayo de 2019
17 de julio de 2019
3
19 de marzo de 2019
20 de mayo de 2019
18 de julio de 2019
2
20 de marzo de 2019
21 de mayo de 2019
19 de julio de 2019
1
21 de marzo de 2019
22 de mayo de 2019
22 de julio de 2019

SI EL ÚLTIMO DÍGITO DEL NIT ES
BIMESTRE JULIO Y AGOSTO 2018
BIMESTRE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE 2018
BIMESTRE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2018
0
10 de septiembre 2019
12 de noviembre de 2019
10 de enero de 2020
9
11 de septiembre 2019
13 de noviembre de 2019
13 de enero de 2020
8
12 de septiembre 2019
14 de noviembre de 2019
15 de enero de 2020
7
13 de septiembre 2019
15 de noviembre de 2019
15 de enero de 2020
6
16 de septiembre 2019
18 de noviembre de 2019
16 de enero de 2020
5
17 de septiembre 2019
19 de noviembre de 2019
17 de enero de 2020
4
18 de septiembre 2019
20 de noviembre de 2019
20 de enero de 2020
3
19 de septiembre 2019
21 de noviembre de 2019
21 de enero de 2020
2
20 de septiembre 2019
22 de noviembre de 2019
22 de enero de 2020
1
23 de septiembre 2019
25 de noviembre de 2019
23 de enero de 2020

Impuesto al consumo 2019: No incluidos en el Régimen Simplificado del INC

Quienes no puedan pertenecer al régimen del INC de bares y restaurantes deberán indicar la responsabilidad No. 33 en su RUT y deberán cobrarlo mediante la aplicación, de la tarifa única del 8% en todos los casos, sobre las bases gravables que se encuentran definidas en los artículos 512-9 a 512-12 del ET.

 

Impuesto al consumo 2019: Quienes cobren el INC Quienes cobren el INC (ya que no pueden pertenecer al régimen simplificado de este) tienen que tener precaución de no reportar este impuesto en sus datafonos como IVA luego de recibir pagos con tarjetas, puesto que se trata de tributos diferentes.

 



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