Impuesto al consumo 2019: Régimen simplificado
¿Conoces las
modificaciones del Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo?, ¿Sabes qué requisitos se deben cumplir para acceder a este
régimen? En este post podrás aclarar tus dudas al respecto, te
explicaremos los requisitos que debes cumplir para pertenecer al Régimen
Simplificado del Impuesto Nacional al Consumo, el nuevo tope de ingresos y las nuevas condiciones
aplicables.
Con la reforma tributaria (Ley
1819 de 2016) se modificaron los requisitos para pertenecer al régimen
simplificado en el impuesto nacional al consumo, ya que se disminuyó el tope de
ingresos y condicionándolo a la existencia de un solo local comercial o
establecimiento de comercio. El tope de ingresos obtenidos en el año
inmediatamente anterior disminuye de 4000 UVT a 3500 UVT.
Impuesto al
consumo 2019: Características del Régimen simplificado
A continuación se describen las principales
características del Régimen Simplificado del
Impuesto al Consumo:
·
Aquellos que presten el servicio de
restaurantes, el cual cubre negocios tales como: panaderías, pastelerías,
cafeterías, fruterías, heladerías y bares, seguirán exentos del IVA,
exceptuando las actividades de catering.
·
En el caso de los restaurantes que funcionan
como “franquicias” y eran responsables de IVA hasta 2016 pero no del INC
(Impuesto al Consumo) , serán responsables solo del impuesto al consumo.
·
Quienes presten el servicio de restaurantes
durante 2018 podrán hacerlo bajo el “régimen simplificado del INC” en caso de
que cumplan con todos los requisitos de la nueva versión del artículo 512-13
del Estatuto Tributario.
Impuesto al
consumo 2019: Requisitos
A continuación se
describen los requisitos que se deben cumplir
para acceder al Régimen Simplificado del Impuesto al Consumo:
·
No efectuar servicios de catering empresarial (Artículos 426 y
512-8 del ET y el artículo 2 del Decreto 803 de abril de 2013). Si llegaran a
prestarlos, este servicio los haría responsables del IVA (ya sea en el régimen
simplificado o el común de dicho impuesto), no del INC.
·
Si sus ingresos brutos provenientes de las actividades de bares y
restaurantes no superaron los 3.500 UVT durante el año anterior.
·
No podrán tener más de un establecimiento, sede, local o negocio
durante 2019.
Impuesto al
consumo 2019: Tabla Comparativa Régimen simplificado
A continuación se muestran los cambios en la norma para la aplicación
del Régimen Simplificado en el Impuesto al Consumo:
Régimen Simplificado del INC -
Versión anterior de la norma
|
Régimen Simplificado del INC -
Nueva versión de la norma
|
Personas
naturales que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales
provenientes de las actividades inferiores a cuatro mil (4.000) UVT.
|
Personas
naturales que cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:
|
1. Que en el año
anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales, provenientes de la
actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT.
|
|
2. Que tengan
máximo un establecimiento de comercio, sede, local o negocio donde ejercen su
actividad."
|
Impuesto al
consumo 2019: Fechas
A continuación se muestran las fechas de presentación y
declaración del Impuesto Nacional al Consumo:
SI EL ÚLTIMO DÍGITO DEL NIT
ES
|
BIMESTRE ENERO Y FEBRERO 2019
|
BIMESTRE MARZO Y ABRIL 2019
|
BIMESTRE MAYO Y JUNIO 2019
|
0
|
8 de marzo de
2019
|
9 de mayo de
2019
|
9 de julio de
2019
|
9
|
11 de marzo de
2019
|
10 de mayo de
2019
|
10 de julio de
2019
|
8
|
12 de marzo de
2019
|
13 de mayo de
2019
|
11 de julio de
2019
|
7
|
13 de marzo de
2019
|
14 de mayo de
2019
|
12 de julio de
2019
|
6
|
14 de marzo de
2019
|
15 de mayo de
2019
|
15 de julio de
2019
|
5
|
15 de marzo de
2019
|
16 de mayo de
2019
|
16 de julio de
2019
|
4
|
18 de marzo de
2019
|
17 de mayo de
2019
|
17 de julio de
2019
|
3
|
19 de marzo de
2019
|
20 de mayo de
2019
|
18 de julio de
2019
|
2
|
20 de marzo de
2019
|
21 de mayo de
2019
|
19 de julio de
2019
|
1
|
21 de marzo de
2019
|
22 de mayo de
2019
|
22 de julio de
2019
|
SI EL ÚLTIMO DÍGITO DEL NIT
ES
|
BIMESTRE JULIO Y AGOSTO 2018
|
BIMESTRE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE
2018
|
BIMESTRE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE
2018
|
0
|
10 de septiembre
2019
|
12 de noviembre
de 2019
|
10 de enero de
2020
|
9
|
11 de septiembre
2019
|
13 de noviembre
de 2019
|
13 de enero de
2020
|
8
|
12 de septiembre
2019
|
14 de noviembre
de 2019
|
15 de enero de
2020
|
7
|
13 de septiembre
2019
|
15 de noviembre
de 2019
|
15 de enero de
2020
|
6
|
16 de septiembre
2019
|
18 de noviembre
de 2019
|
16 de enero de
2020
|
5
|
17 de septiembre
2019
|
19 de noviembre
de 2019
|
17 de enero de
2020
|
4
|
18 de septiembre
2019
|
20 de noviembre
de 2019
|
20 de enero de
2020
|
3
|
19 de septiembre
2019
|
21 de noviembre
de 2019
|
21 de enero de
2020
|
2
|
20 de septiembre
2019
|
22 de noviembre
de 2019
|
22 de enero de
2020
|
1
|
23 de septiembre
2019
|
25 de noviembre
de 2019
|
23 de enero de
2020
|
Impuesto al
consumo 2019: No incluidos en el Régimen Simplificado del INC
Quienes no puedan pertenecer al
régimen del INC de bares y restaurantes deberán indicar la responsabilidad No.
33 en su RUT y deberán cobrarlo mediante la aplicación, de la tarifa única del
8% en todos los casos, sobre las bases gravables que se encuentran definidas en
los artículos 512-9 a 512-12 del ET.
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