Fórmulas utilizadas en la liquidación de prestaciones sociales
Las prestaciones sociales
hacen parte de los beneficios de un contrato de trabajo y se deben liquidar en
las fechas que indica la ley, y por lo menos se deben provisionar cada mes o quincena
según sea el periodo de pago adoptado, para lo cual hay unas fórmulas
estandarizadas y sencillas que facilitan la liquidación. Las prestaciones
sociales se componen por los siguientes conceptos:
·
Prima de servicios
·
Cesantías Intereses sobre cesantías
·
Dotación
·
Gastos de entierro del trabajador
Las vacaciones no hacen parte de las prestaciones sociales pero por
costumbre se incluyen allí, ya que es preciso hacer la provisión
receptiva cada vez que se liquida la nómina.
Fórmulas para liquidar prestaciones
sociales:
Para efectos ilustrativos se presentan las fórmulas utilizadas en los
conceptos que normalmente se liquidan mensualmente o quincenalmente (Al final
puede descargar un archivo de Excel con estas fórmulas)
·
Prima de servicios: (Salario
mensual * Días trabajados en el semestre)/360
·
Cesantías: (Salario
mensual * Días trabajados)/360
·
Intereses sobre cesantías: (Cesantías
* Días trabajados * 0,12)/360
·
Vacaciones: (Salario
mensual básico * Días trabajados)/720
La base del cálculo de estos
conceptos que aquí hemos denominado salario mensual, es la sumatoria de
todos los pagos recibidos por el trabajador y que constituyen salario,
como es el caso de las comisiones, trabajo extra, recargos
nocturnos, dominicales y festivos.
Se pueden excluir de la base aquellos pagos
que se hayan pactado como no constitutivos de salario, considerando
que estos pagos no
constitutivos de salario están sometidos a un límite legal. Para
el caso de la prima de servicios y las cesantías se incluye también el auxilio de
transporte. Este no se incluye para el cálculo de las vacaciones
puesto que en vacaciones el trabajador no tiene derecho al auxilio de
transporte por no utilizarlo.
Por último, arriba hemos dicho que la dotación hace
parte de las prestaciones sociales pero no hemos colocado ninguna fórmula para
su cálculo. Esto se debe a que no existe fórmula para ello, ya que el valor de
la dotación puede variar en cada caso particular y depende de la política
interna de la empresa. Igual sucede con los gastos de entierro del trabajador.
Días trabajados | 30 |
Salario | 800.000 |
Comisiones | 120.000 |
Horas extras | 75.000 |
Recargos nocturnos | 36.000 |
Recargos dominicales y festivos | 68.000 |
Auxilio de transporte | 88.211 |
Total | 1.187.211 |
Prima de servicios | 98.934 |
Auxilio de cesantías | 98.934 |
Intereses sobre las cesantías | 989 |
Vacaciones | 39.833 |
1. Tenga
e
cuenta que para las prestaciones sociales (Prima de servicios y cesantías), se
toma como base la totalidad de los pagos salarales, incluido el auxilio de
transporte.
2.
Para la vacaciones se excluye el auxiliode transporte, el trabajo extra y el
trabajo en días de descanso obligatorio, lo que está formuado.
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