Vencimiento De La Firma Electrónica
Queremos alertar que por estos días se vienen venciendo las firmas
electrónicas con las que se firman las declaraciones de impuestos nacionales
generando inconvenientes si no se renueva virtualmente antes de la fecha de
vencimiento.
Es preciso entonces que revise la fecha de vencimiento de su firma
electrónica y de sus clientes dado que si se deja vencer, podrá verse en
aprietos a la hora de firmar futuras declaraciones, teniendo que sacar cita con
la DIAN para su habilitación. ¡Y qué pasa si se da cuenta de que está vencida
el día del vencimiento de una declaración!
Ahora bien, la forma de revisar la fecha de vencimiento es ingresando a
nombre propio a la página DIAN con su usuario y clave.
Luego en el menú principal podrá dar clic en el botón “Gestionar mi
firma electrónica”
Al ingresar se podrá ver la fecha en
que se vence.
Importante que si no se ha vencido, se tenga presente esta fecha para
unos días antes hacer el proceso de renovación. Y se podrá renovar dando clic
en el botón:
La persona que deje vencer esta
fecha, según el chat de la DIAN debe sacar cita en la DIAN para poder que le
habiliten dicha firma de nuevo.
El procedimiento es que debe solicitar cita a través de la página de la
DIAN para el trámite de Inscripción o Actualización RUT Persona Natural y al
momento de la atención en el punto DIAN se debe indicar que es para procedimiento
de Firma Electrónica Ingrese a la página www.dian.gov.co en la opción “Asignación de
citas” que encuentra en el siguiente enlace: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/ En este enlace encuentra el
paso a paso para agendarcita: https://www.dian.gov.co/Documents/informacion_agendamiento_pasoapaso.pdf Recordar que la vigencia del Instrumento de Firma
Electrónica (IFE) es de tres (3) años. Por último, estamos haciendo unas
pruebas en la página DIAN dado que algunos usuarios han indicado que es posible
su renovación así esté vencida la fecha
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