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jueves, 20 de febrero de 2020

VENCIMIENTO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA


Vencimiento De La Firma Electrónica

Queremos alertar que por estos días se vienen venciendo las firmas electrónicas con las que se firman las declaraciones de impuestos nacionales generando inconvenientes si no se renueva virtualmente antes de la fecha de vencimiento.

Es preciso entonces que revise la fecha de vencimiento de su firma electrónica  y de sus clientes dado que si se deja vencer, podrá verse en aprietos a la hora de firmar futuras declaraciones, teniendo que sacar cita con la DIAN para su habilitación. ¡Y qué pasa si se da cuenta de que está vencida el día del vencimiento de una declaración!

Ahora bien, la forma de revisar la fecha de vencimiento es ingresando a nombre propio a la página DIAN con su usuario y clave.

Luego en el menú principal podrá dar clic en el botón “Gestionar mi firma electrónica”

Al ingresar se podrá ver la fecha en que se vence.

Importante que si no se ha vencido, se tenga presente esta fecha para unos días antes hacer el proceso de renovación. Y se podrá renovar dando clic en el botón:


La persona que deje vencer esta fecha, según el chat de la DIAN debe sacar cita en la DIAN para poder que le habiliten dicha firma de nuevo.

El procedimiento es que debe solicitar cita a través de la página de la DIAN para el trámite de Inscripción o Actualización RUT Persona Natural y al momento de la atención en el punto DIAN se debe indicar que es para procedimiento de Firma Electrónica Ingrese a la página www.dian.gov.co en la opción “Asignación de citas” que encuentra en el siguiente enlace: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/  En este enlace encuentra el paso a paso para agendarcitahttps://www.dian.gov.co/Documents/informacion_agendamiento_pasoapaso.pdf  Recordar que la vigencia del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) es de tres (3) años.  Por último, estamos haciendo unas pruebas en la página DIAN dado que algunos usuarios han indicado que es posible su renovación así esté vencida la fecha



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