OBLIGADOS A DECLARAR
RENTA EN EL 2021: TOPES PARA DECLARAR
Con el nuevo proyecto decreto
emitido por el Ministerio de Hacienda, se enseñó quiénes declaran renta en el
2021, correspondiente al año gravable 2020, como se sabe la declaración de
renta se presenta con base a la información financiera del año anterior.
TOPES PARA DECLARAR RENTA EN EL
2021
La responsabilidad de presentar
declaración de renta en el año 2021, recae sobre todas las personas naturales
que superen algunos de los siguientes topes:
·
Patrimonio bruto superior a los $ 160.232.000 al
31 de diciembre del 2020.
·
Ingresos brutos del respectivo ejercicio
gravable superior a $ 49.850.000.
·
Que el consumo mediante tarjeta de crédito
supere los $49.850.000.
·
Que el valor total de las compras y consumos sea
mayor a $ 49.850.000.
·
Que el valor total acumulado de consignaciones
bancarias, depósitos o inversiones financieras, exceda los $ 49.850.000.
NO
OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA EN EL 2021
Las personas naturales que no
cumplan con los montos anteriormente señalados, no estarán en la obligación de
presentar la declaración de renta por el año gravable 2020, pero
adicionalmente, tampoco deberán declarar:
·
Los asalariados que no sean responsables del
impuesto a las ventas, y los ingresos brutos provengan por lo menos en un
ochenta por ciento de pagos originados en una relación laboral o legal y
reglamentaria, siempre y cuando en relación con el año gravable 2020 no supere
los topes mencionados.
·
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas
que no sean responsables de IVA, residentes en el país, siempre y cuando, en
relación con el año 2020 no superen ninguno de los topes mencionados.
·
Las personas naturales o jurídicas extranjeras,
tampoco deberán declarar renta cuando no tengan residencia o domicilio en el
país, y la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención
en la fuente de que tratan los artículos 407 a 409 del Estatuto Tributario y
dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada.
·
Las personas naturales o jurídicas que se
encuentren dentro del RST
¿CÓMO SE DEBEN CALCULAR LOS
INGRESOS PARA SABER SI DEBE DECLARAR RENTA EN EL 2021?
Para calcular los ingresos y
saber si es responsable del impuesto de renta en el 2021, se deben sumar todos
los ingresos recibidos por la persona, es decir, no se deben separar los
ingresos por actividad económica.
Por ejemplo, si una persona es
comerciante y vende ropa, pero adicionalmente también presta servicios por
cualquier concepto, deberá sumar todos los ingresos obtenidos en las dos
actividades y ese será el valor que deberá tener en cuenta para saber si supera
el tope para declarar renta.
¿QUÉ HACER SI UNA PERSONA NO SABE CUÁNTOS INGRESOS OBTUVO EN EL 2021?
Es común que se presente este
caso, lo más recomendable es solicitar un certificado de ingresos y retenciones
cuando se labora para una empresa, también se podría solicitar una relación de
los pagos realizados, en el caso de que la empresa no se encuentra en la
obligación de expedir el certificado, como última opción, y para comprobar la
información con la que disponga, puede hacer uso de la información reportada
por terceros.
VENCIMIENTOS RENTA 2021
Las siguientes son las fechas
límites en las que deberá presentar la declaración de renta, en caso de estar
obligado a hacerlo.
Últimos dígitos del NIT, entre 01
al 30, en agosto:
ÚLTIMOS DÍGITOS DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA |
FECHA LÍMITE |
01 a 02 |
10 de
Agosto 2021 |
03 a 04 |
11 de
Agosto 2021 |
05 a 06 |
12 de
Agosto 2021 |
07 a 08 |
13 de
Agosto 2021 |
09 a 10 |
17 de
Agosto 2021 |
11 a 12 |
18 de
Agosto 2021 |
13 a 14 |
19 de
Agosto 2021 |
15 a 16 |
20 de
Agosto 2021 |
17 a 18 |
23 de
Agosto 2021 |
19 a 20 |
24 de
Agosto 2021 |
21 a 22 |
25 de
Agosto 2021 |
23 a 24 |
26 de
Agosto 2021 |
25 a 26 |
27 de
Agosto 2021 |
27 a 28 |
30 de
Agosto 2021 |
29 a 30 |
31 de
Agosto 2021 |
ÚLTIMOS DÍGITOS DEL NIT, ENTRE 31 AL 74, EN SEPTIEMBRE:
ÚLTIMOS
DÍGITOS DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA |
FECHA LÍMITE |
31 A 32 |
10 de Septiembre
2021 |
33 A 34 |
10 de Septiembre
2021 |
35 A 36 |
10 de Septiembre
2021 |
37 A 38 |
10 de Septiembre
2021 |
39 A 40 |
10 de Septiembre
2021 |
41 A 42 |
10 de Septiembre
2021 |
43 A 44 |
10 de Septiembre 2021 |
45 A 46 |
10 de Septiembre 2021 |
47 A 48 |
10 de Septiembre 2021 |
49 A 50 |
10 de Septiembre 2021 |
51 A 52 |
10 de Septiembre 2021 |
53 A 54 |
10 de Septiembre 2021 |
55 A 56 |
10 de Septiembre 2021 |
57 A 58 |
10 de Septiembre 2021 |
59 A 60 |
10 de Septiembre 2021 |
61 A 62 |
10 de Septiembre 2021 |
63 A 64 |
10 de Septiembre 2021 |
65 A 66 |
10 de Septiembre 2021 |
67 A 68 |
10 de Septiembre 2021 |
69 A 70 |
10 de Septiembre 2021 |
71 A 72 |
10 de Septiembre 2021 |
73 A 74 |
10 de Septiembre 2021 |
ÚLTIMOS DÍGITOS DEL NIT, ENTRE 75 AL 00, EN OCTUBRE:
ÚLTIMOS
DÍGITOS DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA |
FECHA LÍMITE |
75 A 76 |
1 de
Octubre 2021 |
77 A 78 |
2 de
Octubre 2021 |
79 A 80 |
3 de
Octubre 2021 |
81 A 82 |
4 de
Octubre 2021 |
83 A 84 |
5 de
Octubre 2021 |
85 A 86 |
6 de
Octubre 2021 |
87 A 88 |
11 de
Octubre 2021 |
89 A 90 |
12 de
Octubre 2021 |
91 A 92 |
13 de
Octubre 2021 |
93 A 94 |
14 de
Octubre 2021 |
95 A 96 |
15 de
Octubre 2021 |
97 A 98 |
19 de
Octubre 2021 |
99 A 00 |
29 de
Octubre 2021 |
SANCIONES POR NO DECLARAR RENTA EN EL 2021 O POR HACERLO LUEGO DE LA
FECHA LÍMITE
Si es responsable de declarar
renta y no lo hace, podrá verse en la obligación de pagar distintas sanciones
según el caso:
·
En el caso de presentar la declaración pasada la
fecha límite, pero de manera voluntaria, deberá liquidar la sanción por
extemporaneidad, la cual corresponde al 5% del impuesto a cargo.
·
Al no presentarse la declaración de manera
voluntaria, será notificado por la DIAN y la sanción por extemporaneidad será
del 10%.
·
Si hace caso omiso, pueden presentarse distintos
requerimientos de la DIAN, lo cual puede terminar en una sanción de hasta el
200% sobre el valor a pagar.
SANCIÓN POR EXTEMPORANEIDAD: EXPLICADA CON EJEMPLOS
La sanción por extemporaneidad,
es la sanción que debe pagar una persona o empresa por el hecho de no haber
presentado o pagado una declaración tributaria en el tiempo que le correspondía.
Anualmente el gobierno nacional
emite decretos para fijar las fechas de pago de los impuesto nacionales, de
igual manera sucede con los impuestos departamentales y municipales, la Dian
recopila las fechas límite de algunos de estos impuestos y crea el calendario
tributario de cada año, con el fin de que las personas tengan en cuenta que día
deben presentar sus declaraciones.
La fecha límite quiere decir que
hasta ese día hay plazo, pero el contribuyente puede presentar su declaración
de manera anticipada a esa fecha.
En ocasiones se extienden las fechas establecidas, pero esto sucede
cuando existen problemas con la presentación de las declaraciones por culpa de
la plataforma de la DIAN.
La sanción por extemporaneidad se
calcula por meses, las fracciones de mes equivalen a un mes, por ejemplo,
cuando debía declarar en septiembre 15, y lo hace en octubre 20, debe calcular
la sanción por dos meses, esto se explicará en detalle más adelante.
Esta sanción se encuentra
reglamentada en el estatuto tributario en sus artículos 641 y 642, exponiendo
las situaciones en que se declara antes del emplazamiento o posterior a este.
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