Venta de inmueble con afectación a vivienda familiar o patrimonio de
familia
Un inmueble sobre sobre el que se ha constituido una afectación a
vivienda familiar o un patrimonio de familia, se puede vender previa
cancelación de dichas figuras.
Cómo
vender un inmueble con afectación a vivienda familiar.
Para vender un inmueble con afectación familiar se debe primer levantar
esa afectación, para que el inmueble que libre por decirlo de alguna forma.
AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR ¿EN QUÉ CONSISTE?
Recordemos que la afectación familiar en un inmueble se hace en favor
del cónyuge, por consiguiente, el levantamiento de la afectación familiar para
poder vender el inmueble, requiere la aceptación o consentimiento del cónyuge
beneficiario de la afectación. Es necesario que el consentimiento sea libre, es
decir, que se encuentre libre de todo vicio, ya que de lo contrario el contrato
estaría viciado de nulidad; recordemos que los vicios del consentimiento son
error, fuerza o dolo.
Además, el consentimiento debe ser expreso, lo cual se entenderá con la
firma de ambos cónyuges, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 de la
ley 258 de 1996, el cual señala lo siguiente:
«Los inmuebles afectados a vivienda familiar solo podrán enajenarse, o
constituirse gravamen u otro derecho real sobre ellos con el consentimiento
libre de ambos cónyuges, el cual se entenderá expresado con su firma.» En el
caso en que el cónyuge se encuentre ausente, es necesario primero que se
declare judicialmente la ausencia, y segundo que se solicite el levantamiento
de la afectación a vivienda familiar, y una vez levantada la afectación se
puede vender el inmueble sin problema alguno.
Levantada o cancelada la afectación familiar se puede vender el inmueble
sin ningún problema, como cualquier otra venta. El levantamiento de la
afectación familiar se hace por escritura pública, y se puede hacer junto con
la escritura de compraventa.
Cómo vender
un inmueble con patrimonio de familia.
Igual que sucede con la afectación a vivienda familiar, los inmuebles
sobre los que se ha constituido patrimonio familiar, pueden ser vendidos, pero
previamente se debe cancelar el patrimonio de familia.
¿QUÉ ES EL PATRIMONIO DE FAMILIA?
El patrimonio de familia se cancela mediante escritura pública si en el
núcleo familiar no hay menores de edad, y si los hubiera, se requiere tramitar
el proceso ante un juez de familia. Una vez levantado el patrimonio de familia
se puede vender el inmueble como cualquier otro.
LEVANTAMIENTO O CANCELACIÓN DEL PATRIMONIO DE FAMILIA
En resumen, la venta de inmuebles con afectación a vivienda familiar o
con patrimonio de familia, es posible pero previamente se deben levantar o
cancelar estas figuras. El fin de estas figuras no es prohibir la venta de los
inmuebles, sino evitar el embargo por parte de terceros, y la venta sólo se
restringe en la medida en que exige el levantamiento previo de tales figuras.
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