Páginas

martes, 25 de enero de 2022

Todo lo que debes saber acerca del documento soporte electrónico 2021

Todo lo que debes saber acerca del documento soporte electrónico 2021

El documento soporte, es un documento que debe crear un comprador obligado a facturar,  cuando realiza transacciones con un proveedor que no tiene la  obligación expedir una  factura de venta o un documento equivalente  y además sirve  para respaldar  las compras de un servicio. Un documento que a partir del 31 de enero del 2022 será obligatorio para quienes facturan electrónicamente.

 

Normativa relacionada:  Decreto 723 de 2021 | Resolución 000063 de 30 de julio  de 2021Sabemos que este es un tema importante tanto para los emprendedores, como para los contadores que los asesoran y les ayudan a estar siempre al día con la DIAN, por eso desde Alegra hemos diseñado este articulo donde incluimos todas las preguntas frecuentes relacionadas con el documento soporte 

 

¿Debo solicitar una resolución de numeración para la expedición del documento soporte?

Uno de los requisitos para expedir este documento soporte obligatorio a partir del 31 de enero de 2022, es la solicitud de una resolución de numeración autorizada, algo que implicó que la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- realizará ajustes de su sistema informático electrónico de numeración, que permitieran que el contribuyente pudiera solicitar los rangos de numeración del documento soporte en las transacciones con personas no obligadas a emitir factura o documento equivalente.

¿Quiénes están obligados a expedirlo?

Están obligados a expedir todas las personas naturales o jurídicas, que necesiten  respaldar una transacción  de compra de un bien o servicio con un proveedor que no está obligado a expedir factura de  venta, esto sirve  para tener el soporte de  todos los costos y  deducciones y poder descontar los impuestos en las  declaraciones tributarias.

¿Cuándo se deberá optar por el documento soporte?

A partir de la resolución 000063 de julio 30 de 2021 artículo 4, el documento soporte electrónico se deberá adoptar a partir del treinta y uno (31) de enero de 2022. La modificación de la fecha de adopción se realizó debido a que la estructura del documento soporte deberá ajustarse a las especificaciones del Decreto 723 de 2021.

¿Quiénes están obligados a expedirlo?

Están obligados a expedir todas las personas naturales o jurídicas, que necesiten  respaldar una transacción  de compra de un bien o servicio con un proveedor que no está obligado a expedir factura de  venta, esto sirve  para tener el soporte de  todos los costos y  deducciones y poder descontar los impuestos en las  declaraciones tributarias.

 

¿Cuándo se deberá optar por el documento soporte? A partir de la resolución 000063 de julio 30 de 2021 artículo 4, el documento soporte electrónico se deberá adoptar a partir del treinta y uno (31) de enero de 2022. La modificación de la fecha de adopción se realizó debido a que la estructura del documento soporte deberá ajustarse a las especificaciones del Decreto 723 de 2021.

 ¿Cuáles son los requisitos que debe contener el documento soporte?

La Resolución 00042 fija los siguientes requisitos:

a) Se debe llamar documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar.

b) La operación allí descrita debe corresponder exactamente a la fecha de generación del documento.

c) Incluir los datos del vendedor o de quien presta el servicio, con su nombre o razón social, su Identificación Tributaria –NIT.

d) Con los no residentes fiscales en Colombia, que no tengan  Número de Identificación Tributaria NIT, la identificación se entenderá cumplida con la estipulada en el país de origen del no residente.

e) Incluir el nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria -NIT de quién adquiere los bienes y/o servicios.

f) Llevar un sistema de numeración consecutiva de documento soporte,  que incorpore  número, rango y vigencia de autorización  ante la –DIAN,  Así lo establecieron los artículos 5 y 8 de la Resolución 000012 de febrero 9 de 2021, por medio de los cuales la DIAN modificó el artículo 55 de su anterior Resolución 000042 de mayo de 2020.

g) Incorporar  la descripción específica del bien y/o del servicio prestado.

h) Especificar el valor total de la operación.

En conclusión el documento soporte se debe tramitar el responsable de facturación  en adquisiciones efectuadas a sujetos no  obligados a expedir factura de venta o documento  equivalente, lo debe elaborar el  comprador que requiere soportar  o documentar  las transacciones con personas naturales  que no están obligados a facturar,  cuando compren un bien o servicio que otorgue derecho a  deducciones, costos  o impuestos descontables en la declaración de renta.




  

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Concepto 100208192-973 de 2023 – DIAN Rentas Excentas

DIAN resuelve inquietudes sobre rentas exentas y deducciones de las personas naturales La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)...