En Colombia existen dos regímenes pensionales para administrar las
pensiones, uno privado representado por los fondos privados de pensión, y uno
público gestionado por Colpensiones. ¿A cuál conviene afiliarme?
Tabla de contenido
Fondos privados de pensiones.
Los fondos privados de pensione hacen parte del régimen de ahorro
individual con solidaridad, y al ser privados, cada afiliado se financia su
propia pensión según su capacidad de ahorro o de aporte.
En los fondos privados los aportes que hacen sus afiliados van a una
cuenta individual, con la cual se pagará la pensión una vez el afiliado se
pensiones.
¿Cuándo se pensiona el afiliado en los
fondos privados?
Cuando reúna suficiente capital para para pagarse su propia pensión.
Para que un afiliado se pensione en los fondos privados no debe cumplir
requisitos de edad; el único requisito es que haya ahorrado suficiente dinero
para poder pagarse la pensión. La cuenta individual con la que se financia la
pensión en los fondos privados, se nutre de los aportes obligatorios que hagan
trabajadores y empleadores, de los aportes voluntarios a pensión, y de los
rendimientos financieros que generen los recursos acumulados en la cuenta
individual. Es más o menos como una cuenta de ahorros de toda la vida.
¿De cuánto es la pensión en los fondos
privados?
El monto de la pensión en los fondos privados depende del saldo
acumulado de capital en la cuenta individual, de manera que entre más se
aportes más se acumula. No es sencillo determinar cuánto es ese capital mínimo
para obtener la pensión, pues cada afiliado y cada cuenta es diferente, en la
medida en que entra a jugar variables como la expectativa de vida, que es
diferente para cada afiliado, y el rendimiento de la cuenta, que también es
distinta para cada afiliado.
No obstante la imposibilidad de fijar con exactitud un capital mínimo,
se maneja una cifra aproximada de $250.000.000, suficiente para financiar una
pensión de 1 salario mínimo. Para reunir ese capital se requiere cotizar
aproximadamente durante 30 años sobre un salario o ingresos de 2 salarios
mínimos mensuales. Quien obtenga ingresos inferiores a dos salarios mínimos
probablemente nunca podrá reunir el capital suficiente para pensionarse, y no
tendrá otra alternativa que optar por la garantía de la pensión mínima, que es
eso, una pensión de un salario mínimo.
En tal caso, la promesa del fondo privado de pensionarse a cualquier edad
desaparece porque para acceder a la pensión mínima debe cumplir los requisitos
de edad y semanas cotizadas que la ley exige:
1. 62 años si es hombre
y 57 si es mujer.
2. 150 semanas
cotizadas.
La ventaja de pensionarse a cualquier edad en un fondo privado se desvanece
cuando cotizamos sobre ingresos bajos.
Colpensiones.
Colpensiones es la única entidad que opera el régimen de prima media con
prestación definida, y es una entidad estatal.
Colpensiones se caracteriza porque los aportes o cotizaciones que hacen
trabajadores y empleadores se va a un fondo común, que pertenece a todos los
afiliados y a los políticos del país.
Al final de la vida laboral el afiliado se pensiona sin importar lo que
haya sucedido con ese fondo común, pues su derecho a pensionarse no depende de
él, y el monto de la mesada pensional depende del salario cotizado.
¿Cuándo se pensiona el afiliado a
Colpensiones?
Para pensionarse por vejez en Colpensiones no importa cuánta plata haya
pagado el afiliado a Colpensiones mediante las cotizaciones mensuales; sólo
importan dos requisitos:
1. Edad (62 hombres y 57
mujeres)
2. Semanas cotizadas
(1.300)
Cumpliendo esos requisitos poco importa lo que haya sucedido con el
fondo común administrado por Colpensiones.
¿De cuánto es la pensión en
Colpensiones?
En Colpensiones el monto de la pensión depende el salario cotizado, de
manera que entre más elevado sea el ingreso base de cotización, más alta será
la pensión. En el siguiente artículo se explica cómo se liquida la pensión,
donde encontrará un simulador que le permite hacer proyecciones para tener una
idea del valor de la mesada pensional.
En resumen, con 1.300 semanas cotizadas el afiliado se pensiona con el
65% del salario cotizado una vez indexado con el IPC que corresponda. Es decir
que si se cotiza sobre un salario mínimo su mesada pensional será inferior a un
mínimo, pero se pagará sobre un mínimo por cuenta de la garantía de pensión
mínima. Si cotiza sobre 2 salarios mínimos se pensionará aproximadamente 1.25
salarios mínimos. Ese ratio salarios cotizados y mesada pensional se puede
incrementar cotizando más de las 1.300 semanas.
¿Quién paga la mejor pensión?
No se puede determinar con exactitud quién paga una mejor pensión por la
imposibilidad de hacer las proyecciones exactas en los fondos privados, en
vista a que cada afiliado puede tener un resultado diferente en función de
variables como la edad, proyección de vida esperada, y el comportamiento
histórico del rendimiento de su cuenta individual, como ya se anotó.
Nota: A continuación hacemos unos ejercicios que no son exactos, pero
resultan ilustrativos, y que pueden verse afectados por dos valores: la indexación
del IBL en Colpensiones y el rendimiento del capital que pueda ofrecer el fondo
privado. Como ya señalamos, en los fondos privados se maneja actualmente un
requerimiento de capital aproximado mínimo de $250.000.000
para obtener una pensión de un salario mínimo, y para alcanzar ese
capital se requiere cotizar sobre dos salarios mínimos durante aproximadamente
30 años, que equivale aproximadamente a 1.560 semanas cotizadas De acuerdo a lo
anterior, en un fondo privado podemos manejar los siguientes valores de
referencia:
·
Salario cotizado: 2 Salarios mínimos.
·
Semanas cotizadas: 1.560.
·
Monto de la pensión: 1 salario mínimo.
A esos valores les aplicamos una proyección con una simple regla de tres
y los podemos extrapolar para determinar su equivalente aproximado en
Colpensiones. Pues bien, con dos salarios mínimos cotizados y 1.560 cotizadas
en Colpensiones podemos hacer la siguiente proyección.
IBL
indexado equivalente
|
$ 1.755.606
|
Semanas
cotizadas
|
1.560
|
Tasa de
reemplazo
|
72,00%
|
Valor
de la pensión
|
$ 1.264.036
|
Mesada
en salarios mínimos
|
1,44
|
La pensión en Colpensiones resulta 44% más elevada que en un fondo
privado de pensiones. Ahora dupliquemos la apuesta suponiendo una cotización
sobre 4 salarios mínimos, que permitiría obtener
una pensión de dos salarios mínimos en un fondo privado. Esto aplicando una
simple regla de tres.
Con esa cotización, en Colpensiones
tendríamos la siguiente proyección:
IBL
indexado equivalente
|
$ 3.511.212
|
Semanas
cotizadas
|
1.560
|
Tasa de
reemplazo
|
71,00%
|
Valor
de la pensión
|
$ 2.492.961
|
Mesada
en salarios mínimos
|
2,84
|
En este caso la pensión en el fondo privado la pensión sería de 2
salarios mínimos, y en Colpensiones sería de 2.84 salarios mínimos. Es
superior, pero en una proporción inferior, pues la diferencia ya no es del 44%
sino del 42%. Esto se debe al incremento decreciente que se aplica en
Colpensiones, que hace que entre más alto sea el IBL menor es la tasa de
reemplazo. Por lo anterior, entre más elevados sean los ingresos, la diferencia
entre el monto de la pensión en los fondos privados y en Colpensiones es menor.
Pero teóricamente la pensión de Colpensiones siempre será mayor, incluso en
salarios muy elevados. Para ilustrarlo supongamos una cotización sobre 25
salarios mínimos, que es lo máximo que se permite, y que representaría teóricamente
una pensión de 12.5 salarios mínimos en los fondos privados, y en Colpensiones
la siguiente:
IBL
indexado equivalente
|
$ 21.945.075
|
Semanas
cotizadas
|
1.560
|
Tasa de
reemplazo
|
60,50%
|
Valor
de la pensión
|
$ 13.276.770
|
Mesada
en salarios mínimos
|
15,13
|
La pensión en Colpensiones seguiría siendo superior en un 21%. Se
repite, estos son valores aproximados e ilustrativos. Y, ojo con este detalle: la pensión en
Colpensiones es constante. Siempre será la misma incrementada anualmente con el
IPC. La pensión en los fondos privados es variable. Cada año se debe recalcular
con base al comportamiento que haya tenido la cuenta individual, y por lo
general siempre disminuye, de modo que cada año muchos pensionados ven decrecer
su mesada pensional. Hasta la fecha Colpensiones va ganando, pero los fondos
privados ofrecen la posibilidad de pagar una pensión más alta con dos opciones:
1. Aportes voluntarios a
pensión.
2. Altos rendimientos
del capital en la cuenta individual.
Los aportes voluntarios a pensión, por los beneficios tributarios que
ofrecen, se han convertido en una opción para incrementar la pensión en los
fondos privados, y quien tenga la posibilidad de hacerlos, sin duda tiene la
posibilidad de obtener una mejor pensión en los fondos privados que en
Colpensiones.
La otra opción, la de los rendimientos financieros del capital, es una
lotería, puesto que, así como se puede ganar se puede perder, o ganar muy poco.
El trabajo de los fondos privados es invertir la plata que sus afiliados
aportan mes a mes. Esas inversiones se hacen en acciones, bonos, títulos de
deuda pública, e incluso en proyectos de inversión e infraestructura como las
vías 4G, etc. El problema es que esas inversiones, así como pueden resultar
productivas puede fracasar, e históricamente a largo plazo no representan casi
rentabilidad. Recuerde que la rentabilidad se debe medir a 30 años por lo
menos, tiempo aproximado que le toma pensionarse a un afiliado a los fondos
privados de pensiones, y en eso 30 años los rendimientos son un sube y baja que
al final no representan un gran incremento. Prueba de ello es lo que ha
sucedido recientemente con los fondos privados de pensiones, que el estado se
vio obligado a rescatar porque la crisis derivada del Covid – 19 llevó a una
severa perdida en sus portafolios de inversión, que los llevó a perder el
capital con que deberían pagar las mesadas de quienes ya estaban pensionados,
debiendo el estado (Colpensiones) asumir ese pago. Así que la historia nos dice
que lo más probable es que los rendimientos financieros de la cuenta
individual, en lugar de incrementar el monto de la pensión pueden hacer que
disminuya. Por lo anterior, la única opción realista para tener una alta
pensión en los fondos privados son los aportes voluntarios, que también se
pueden perder en una grave crisis económica o financiera, así que tampoco es
segura. En un fondo privado es altamente probable que un afiliado que cotizó
sobre 10 salarios mínimos termine con una pensión de un salario mínimo, que es
lo garantizado por la ley y por fondo de garantía de pensión mínima. Es
sorprendente la cantidad de pensionados en fondos privados que están recibiendo
pensiones de un salario mínimo cuando esperaban de 3, 4 o 5 salarios mínimos. Este
riesgo se debe a que los fondos privados juegan a la ruleta rusa de los
mercados financieros con el dinero de sus afiliados, y los fondos privados,
ganen o pierdan, cobran su comisión, como pasa a explicarse.
¿A dónde va el dinero de usted aporta a
los fondos privados?
La cotización a pensión es del 16% del salario o el valor que se declare
como ingreso base de cotización, y no todo ese 16% se ingresa a la cuenta
individual del cotizante. Esos 16 puntos porcentuales de cotización se
distribuyen de la siguiente forma:
Cuenta
individual:
|
11.5
|
Seguro
de invalidez y Sobrevivencia:
|
1.6
|
Fondo
de garantía de pensión mínima:
|
1.5
|
Comisión
de administración:
|
1.4
|
Total:
|
16
|
A su cuenta individual, que financiará su pensión, sólo ingresan 11.5
puntos porcentuales, lo que hace más difícil incrementar su saldo.
La mejor opción para pensionarse.
Los números y las probabilidades nos dicen que la mejor opción es
Colpensiones, incluso para quienes tienen salarios altos.
·
Si
usted tiene salarios bajos y medios, superiores a 1.4 mínimos mensuales,
indudablemente la mejor opción es Colpensiones.
·
Si
usted tiene salarios altos y quiere una buena pensión, sigue siendo mejor
afiliarse a Colpensiones y con los ingresos que le sobren contratar un seguro
privado de pensiones, o incluso aportar a un fondo voluntario de pensiones, a
modo de complemento, o cómprese una casa y arriéndela.
·
Si
usted tiene ingresos cercanos al salario mínimo (hasta 1.4 vedes el salario
mínimo), le resultará indiferente el régimen, pues en cualquier caso
difícilmente tendrá una pensión superior al salario mínimo.
De acuerdo a lo
anterior, la recomendación es afiliarse a Colpensiones, y si ya está afiliado a
un fondo privado, revise si puede trasladarse a Colpensiones.
No es que los fondos privados sean malos en sí; lo que pasa es que
Colpensiones es excesivamente bueno, y
financieramente hablando, la pensión que se obtiene en Colpensiones
no es financiada en su totalidad con los aportes de los afiliados, sino que se
requieren contribuciones del presupuesto general de la nación, es decir, que
esa buena pensión que otorga Colpensiones, en buena parte la financiamos todos
los ciudadanos con nuestros impuestos. Colpensiones es un sistema piramidal,
donde las pensiones de hoy se pagan con las cotizaciones de quienes aún no se
han pensionado; y cuando esos cotizantes de hoy se pensionen en el futuro, se requerirá
una base mayor de nuevos cotizantes para poder pagar esas pensiones, y
eso, matemáticamente es imposible y
por eso hay que completar con impuestos. Es por ello que está pendiente una
reforma pensional que desmejore las buenas condiciones que actualmente ofrece
Colpensiones, para que el sistema se autofinancie y no sea necesario desviar
los impuestos que se recaudan para el pago de las pensiones, o al menos que se
haga en una menor proporción.
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