Páginas

martes, 23 de junio de 2020

COMPUTADORES, TABLETAS Y TELÉFONOS INTELIGENTES EXCLUIDOS DE IVA


COMPUTADORES, TABLETAS Y TELÉFONOS INTELIGENTES EXCLUIDOS DE IVA
En Colombia determinados computadores y teléfonos inteligentes (Smartphone y tabletas) están excluidos del IVA.
Exclusión del IVA a computadores y Smartphone.
Están excluidos del IVA los computadores, Smartphone y Tablet cuyo valor no exceda de los siguientes topes:
Producto
Valor en UVT
Valor en pesos 2020
Computadores personales de escritorio o portátiles
50
$1.780.000
Dispositivos móviles inteligentes (tabletas y celulares)
22
$783.000
Los equipos que tengan un precio de venta sin IVA que supere esos montos están gravados con el IVA a la tarifa general del 19%.
Equipos de gama baja beneficiados con la exclusión del IVA.
Por cuenta del alto precio del dólar, hoy en día sólo computadores y teléfonos de gama baja o gama se benefician de la exclusión del IVA, puesto que la mayoría de los equipos de gama media están por encima $1.000.000. Para tener derecho a la exclusión del IVA, el computador debe comprarse como una unidad completa y funcional, de suerte que no es posible comprarlo por partes para luego armarlo, práctica muy utilizada para disminuir costos. En el caso de los computadores que son promocionados incluyendo el mueble y la impresora, la exclusión sólo opera para el computador como tal, más no para los muebles, impresora y demás elementos externos al computador. En el caso de las cámaras web, las que vienen integradas al computador, lo que siempre sucede en los portátiles, al estar integradas con el computador quedan excluidas del IVA, lo que no sucede con las cámaras externas de los computadores personales o de mesa, puesto que ya corresponden a un periférico, a un elemento externo del computador que al comprarlo individualmente genera IVA.
Precio o valor para determinar la exclusión del IVA en computadores y celulares.
Existes dos valores que se toman como referencia para la exclusión del IVA en estos equipos, que en el caso de los teléfonos inteligentes señala el artículo 3.1.12.10:
·         La exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la venta de dispositivos móviles inteligentes (tabletas o celulares), consagrada en el numeral 6 del artículo 424 del Estatuto Tributario, aplica para aquellos dispositivos cuyo valor al momento de la venta al público no exceda de veintidós (22) UVT.
·         Para efectos de la aplicación de la exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la importación de los bienes señalados en este artículo, se tendrá en cuenta el valor de los dispositivos móviles inteligentes establecidos en la factura o documento soporte de la declaración de importación.
Cuando se vende al público o el valor de referencia es el precio de venta, pero al momento de importarlo es el valor que figure en la declaración de importación.




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Concepto 100208192-973 de 2023 – DIAN Rentas Excentas

DIAN resuelve inquietudes sobre rentas exentas y deducciones de las personas naturales La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)...