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lunes, 14 de enero de 2019
Generalidades y tratamiento contable ante la distribución de utilidades
Generalidades y tratamiento contable ante la distribución de utilidades
En esta conferencia presentamos las definiciones y generalidades de los tipos de sociedades, los aportes de capital que se realizan para conformarlas y el tratamiento contable que debe ejecutarse ante el proyecto y distribución de utilidades. Todo ello, a través de casos prácticos.
Las sociedades se dividen en dos grandes grupos: las sociedades de capital y las sociedades de personas. Veamos.
• Sociedades de personas: son sociedades donde lo más importante son las personas que la conforman y, por lo general, estas sociedades están conformadas por miembros de una familia o por amigos muy cercanos. Entre ellas se encuentra la sociedad limitada, sociedad colectiva, sociedad en comandita simple, sociedad unipersonal y cooperativa.
• Sociedades de capital: son aquellas en las que lo que predomina es el aporte de cada socio y no las personas. Entre estas sociedades se encuentra la sociedad anónima, sociedad en comandita por acciones, sociedad de economía mixta y sociedad por acciones simplificadas. A partir del momento en el cual fue posible la creación de sociedades por acciones simplificadas en Colombia, se ha desplazado la creación de sociedades unipersonales y la creación de empresas de personas. Esto se evidencia en la cotidianidad, donde no es muy común encontrar empresas colectivas o en comandita simple. Por otra parte, cabe aclarar que, en cuanto al capital social, en las sociedades colectivas este se denomina “partes de interés”; en la sociedad limitada y en comandita simple, se denomina “cuotas”; en las sociedades anónimas, en comandita por acciones y la sociedad por acciones simplificada, se denominan “acciones” o, bajo Estándares Internacionales, “Instrumentos de patrimonio”. En el ejercicio social debe existir, al menos, un corte de cuentas al 31 de diciembre. Sin embargo, los estatutos de la sociedad pueden disponer períodos contables distintos a un año, tales como un trimestre o un semestre. Indistintamente del corte, los administradores deben dar cuenta de su gestión a la junta de socios e informar sobre la situación financiera y contable de la sociedad.
***
Las normas contenidas en los artículos 372 y 446 del Código de Comercio indican
que en las sociedades comerciales (sean limitadas o asimiladas, o sean anónimas o
asimiladas), es necesario que la Junta directiva presente cada año el Balance general
a la Junta de Socios o Asamblea de accionistas para su aprobación o improbación
pero el mismo deberá estar acompañado de varios documentos entre ellos el mencionado
en numeral 2 del art. 446 del E.T. donde se lee:
Un proyecto de distribución de utilidades repartibles con la deducción de la suma
calculada para el pago del impuesto sobre la renta y sus complementarios por el
correspondiente ejercicio gravable;
Este documento incluso es un documento que se debe tener listo en cualquier
momento pues aunque no figura en el paquete de documentos adicionales que
se le entregan cada año a Supe sociedades, esa entidad sí incluye la siguiente
frase cada año en su Circular con la que se solicita la información financiera de
cada año: "En el evento de ser requeridos por esta Entidad para su revisión,
serán solicitados en cualquier momento, los siguientes documentos:
el informe de gestión, el dictamen del revisor fiscal si lo hubiere y el proyecto de
distribución de utilidades." ver el numeral 4.1.2 de la Circular 115-00004 de
noviembre 3 de 2011 (expedida por dicha entidad y en la cual se dice qué
documentos se deberán entregar por el año respectivo)
A continuación se muestra entonces una plantilla básica de lo que debe contener
un "Proyecto de Distribución de utilidades"
Empresa TERRAPLEN S.A.S.
PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
La Junta Directiva de EJEMPLO S. A., en reunión del 12 de Febrero de 2018,
aprobó por unanimidad presentar a la próxima Asamblea General Ordinaria de
Accionistas que debe reunirse el día 26 de marzo de 2019 la siguiente proposición
sobre distribución de utilidades correspondientes al ejercicio terminado en 31 de
Diciembre de 2018 y a reservas acumuladas de años anteriores.
Utilidad (o pérdida) Contable Antes de Impuestos $ 65.000.000
Menos: Valor impuesto de renta por el año gravable 2018
Valor del impuesto neto a favor de la DIAN $ 5.000.000
Más: Mayor valor que se llevará como impuesto diferido débito $ 2.000.000
Menos: Menor valor que se llevará como impuesto diferido crédito ($ 1.000.000)
Menos: Amortización de impuesto diferido débito registrado en ejercicios anteriores ($ 500.000)
Más: Amortización del impuesto diferido crédito registrado en ejercicios anteriores $ 200.000 ($ 5.700.000)
Total Utilidad neta a disposición de la Asamblea $ 59.300.000
Se propone aplicar la utilidad disponible así:
Reserva legal $ 5.930.000
Reserva para futuros ensanches 5.930.000
Distribución de dividendos entre accionistas
Gravados en cabeza de accionistas $ 0
No gravados en cabeza de accionistas $ 47.440.000
Sumas iguales $ 59.300.000 $ 59.300.000
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