DEVOLUCIÓN DE IVA A LOS MÁS
VULNERABLES.
Como medida de apoyo económico para
los hogares más pobres, el Gobierno nacional adelantó el esquema de la
devolución del IVA que consiste en que las familias de menores ingresos reciban
recursos que aliviarán el impacto del IVA del consumo de productos y servicios.
Mediante decreto 419 del 18 de marzo
de 2020, se establecen los criterios para el reconocimiento y pago de una
compensación a favor de la población más vulnerable para generar mayor equidad
en el impuesto sobre las ventas -IVA, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 21 de la Ley 2010 de 2019.
Al Departamento Nacional de Planeación
DNP, se le otorgó la responsabilidad para que determine la metodología de
focalización para la compensación del impuesto sobre las ventas -IVA, teniendo
en cuenta la tasa y/o concentración de pobreza de cada entidad territorial,
población total y cobertura de los programas sociales de asistencia a la
población vulnerable y podrá tener en cuenta los hogares en situación de
pobreza y pobreza extrema que estén registrados en el Sisbén.
El Ministerio de Hacienda determinará
mediante resolución el listado de los beneficiarios y el monto de la
compensación del impuesto sobre las ventas -IVA, conforme con la metodología de
focalización establecida por el Departamento Nacional de Planeación -DNP y
teniendo en cuenta en todo caso, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y la
disponibilidad presupuesta
El decreto 458 establece nuevas
medidas para agilizar la devolución de estos recursos dada la declaratoria de
emergencia económica, Social y Ecológica, beneficiarios y montos de la
compensación del impuesto sobre las ventas.
La Resolución 1058 de 2020 establece
los beneficiarios y monto de la compensación del impuesto sobre las ventas-IVA.
El listado de los beneficiarios se puede consultar en https://devolucioniva.dnp.gov.co/ y el valor a devolver
bimestralmente es de $75.000 por beneficiario.
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