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miércoles, 9 de enero de 2019

RENTA PRESUNTIVA


RENTA PRESUNTIVA (Después de ley de financiamiento)
La ley de financiamiento, ley 1943 de 2018, trae consigo varios beneficios entre los que destacamos el marchitamiento o desmonte de la renta por el sistema presuntivo, sistema que afectaba a contribuyentes que tienen altos patrimonios y poca rentabilidad. 

El artículo 78 de la ley, establece que para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que la renta líquida del contribuyente no es inferior al tres y medio por ciento (3.5%) de su patrimonio líquido, en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior; pero este porcentaje de renta presuntiva se reducirá al uno y medio por ciento (1,5%) en los años gravables 2019 y 2020; y al cero por ciento (0%) a partir del año gravable 2021. Buenas noticia para muchos contribuyentes.

En esta misma ley se establece que los contribuyentes inscritos bajo el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –SIMPLE, no estarán sujetos a renta presuntiva, ni tampoco  los contribuyentes que realicen mega-inversión de que trata el artículo 67 de esta misma ley. El régimen simple de tributación en un nuevo régimen  tributario opcional, cuyo objetivo es simplificar el sistema tributario y lograr la formalización empresarial.

Por otro lado, para el caso de las personas naturales, la renta presuntiva se comparará con la renta de la cédula general, dado la unificación de cédulas para este tipo de contribuyentes que realizó esta ley, simplificando un poco el sistema al unificarse en una sola tabla de tarifas el impuesto para personas naturales.
  
Por último recordar que la renta presuntiva es regulada por los artículos 188 y 189 del ET, en donde se explica la depuración que puede realizar para aminorar su efecto.
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Estamos trabajando en el libro impreso de la reforma tributaria; tendrá una explicación realizada por los autores, donde se trata de resaltar los aspectos más importantes que fueron modificados y en algunos casos se expondrán ejemplos y situaciones a tener en cuenta.  En esta oportunidad seremos 6 profesionales que aportaremos nuestra experiencia en este, que será un texto muy  importante para entender las modificaciones y los efectos de esta ley de forma más fácil. 


La metodología del libro será la acostumbrada,  la cual traerá un cuadro con dos columnas denominado redacción nueva, y redacción anterior; en la columna redacción nueva se observará la legislación como ha quedado tras la modificación de la Ley 1943 de 2018, en la columna redacción anterior se podrá analizar la norma modificada; luego la explicación dada por los autores. Pronto más información


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