RENTA PRESUNTIVA (Después de ley de
financiamiento)
La ley de financiamiento, ley 1943 de
2018, trae consigo varios beneficios entre los que destacamos el marchitamiento
o desmonte de la renta por el sistema presuntivo, sistema que afectaba
a contribuyentes que tienen altos patrimonios y poca rentabilidad.
El artículo 78 de la ley, establece que
para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que la renta líquida del
contribuyente no es inferior al tres y medio por ciento (3.5%) de su patrimonio
líquido, en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior; pero
este porcentaje de renta presuntiva se reducirá al uno y medio por ciento
(1,5%) en los años gravables 2019 y 2020; y al cero por ciento (0%) a partir
del año gravable 2021. Buenas noticia para muchos contribuyentes.
En esta misma ley se establece que los contribuyentes
inscritos bajo el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación
–SIMPLE, no estarán sujetos a renta presuntiva, ni tampoco los
contribuyentes que realicen mega-inversión de que trata el artículo 67 de esta
misma ley. El régimen simple de tributación en un nuevo régimen
tributario opcional, cuyo objetivo es simplificar el sistema tributario y
lograr la formalización empresarial.
Por otro lado,
para el caso de las personas naturales, la renta presuntiva se comparará con la
renta de la cédula general, dado la unificación de cédulas para este tipo de
contribuyentes que realizó esta ley, simplificando un poco el sistema al
unificarse en una sola tabla de tarifas el impuesto para personas naturales.
Por último
recordar que la renta presuntiva es regulada por los artículos 188 y 189 del
ET, en donde se explica la depuración que puede realizar para aminorar su
efecto.
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Estamos trabajando en el libro impreso
de la reforma tributaria; tendrá una explicación realizada por los autores,
donde se trata de resaltar los aspectos más importantes que fueron modificados
y en algunos casos se expondrán ejemplos y situaciones a tener en cuenta.
En esta oportunidad seremos 6 profesionales que aportaremos nuestra experiencia
en este, que será un texto muy importante para entender las
modificaciones y los efectos de esta ley de forma más fácil.
La metodología del libro será la
acostumbrada, la cual traerá un cuadro con dos columnas denominado
redacción nueva, y redacción anterior; en la columna redacción nueva se
observará la legislación como ha quedado tras la modificación de la Ley 1943 de
2018, en la columna redacción anterior se podrá analizar la norma modificada;
luego la explicación dada por los autores. Pronto más información
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