CARGAS
PRESTACIONALES – ¿CUÁLES SON?
Cuando se contrata a un empleado se le deben pagar las prestaciones
sociales de ley, concepto que se conoce como carga prestacional. ¿Cuáles son?
Tabla de contenido
Carga prestacional en el contrato de
trabajo.
Al contratar trabajadores se les debe pagar un salario como
contraprestación por la prestación de sus servicios, pero adicional a ello se
le deben pagar prestaciones sociales.
La carga prestacional está conformada
por los siguientes conceptos:
·
Dotación.
También existen las prestaciones extralegales que algunas empresas
ofrecen a sus trabajadores, y cada empresa fija las condiciones y el tipo de
prestación extralegal. Adicional a las anteriores cargas prestacionales, al
trabajador se le deben reconocer los siguientes conceptos:
·
Vacaciones.
Las vacaciones no son una prestación social sino un descanso remunerado,
que por costumbre se hace la provisión mensualmente.
Factores prestacionales.
Los factores prestacionales son los conceptos o pagos sobre los que se
deben pagar las prestaciones sociales, y por extensión, los demás conceptos
como parafiscales y aportes a seguridad social. De forma general los factores
prestacionales son todos los pagos que constituyen salario, como, por ejemplo.
1. El salario mimos.
2. Trabajo suplementario.
3. Recargo por trabajo
nocturno.
4. Trabajo dominical y
festivo.
5. Auxilio de transporte
(solo para prestaciones sociales).
6. Pagos en especie.
En fin, todo aquel pago que no sea calificado como no constitutivo de
salario.
Cargas parafiscales
Adicional a las
cargas prestacionales, existen las cargas parafiscales, que son las siguientes:
·
Aportes a las cajas de compensación familiar.
·
Aportes al Sena.
·
Aportes al ICBF.
Aportes para-fiscales
Los aportes a las cajas de compensación familiar deben ser pagados por
todos los empleadores, pero los aportes al Sena y al ICBF sólo por algunos
empleadores como se explica en el siguiente artículo.
Sumado a lo anterior, el empleador también debe pagar aportes a
seguridad social, que son:
·
Salud
·
Pensión.
·
Riesgos laborales.
Respecto a los aportes a salud algunos empleadores no están obligados a
realizarlos, como se explica en el artículo referido sobre la exclusión de
aportes parafiscales.
Carga prestacional para el 2020.
La carga prestacional mensual para el año 2020 con base a un salario
mínimo es la siguiente:
Concepto
|
Porcentaje
|
Valor
|
Prima
de servicios.
|
8,33%
|
$ 73.121
|
Auxilio
de cesantías.
|
8,33%
|
$ 73.121
|
Intereses
sobre las cesantías.
|
12%
|
$ 8.775
|
Dotación.
|
Variable
|
|
Subtotal carga prestacional
|
|
$ 155.016
|
Auxilio
de transporte
|
$ 102.854
|
|
Vacaciones
|
4,17%
|
$ 36.604
|
Subtotal
|
|
$ 139.458
|
Cajas
de compensación familiar
|
4%
|
$ 35.112
|
ICBF
|
2%
|
$ 17.556
|
SENA
|
2%
|
$ 17.556
|
Aportes
a salud
|
8,5%
|
$ 74.613
|
Aportes
a pensión
|
12%
|
$ 105.336
|
Riesgos
laborales (variable)
|
0,522%
|
$ 4.582
|
Subtotal parafiscales
|
|
$ 254.756
|
Gran total
|
|
$ 549.231
|
Considerando que el salario mínimo para el 2020 es de $877.803, el costo
mensual por un trabajador con un salario mínimo sería de $ 1.427.034. Si el
empleador está exonerado de los pagos parafiscales y aportes a salud, el costo
es menor.
Si
el trabajador devenga horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos,
los valores anteriores se incrementan.
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